En este como en otros centros gestionados por Befesa, los residuos podrán venir no sólo de Castilla y León, sino de otras Comunidades Autónomas, invalidando el argumento que justifica la necesidad del centro debido al eje industrial Valladolid - Palencia.
Extracto literal de la "PROPUESTA DE LA PONENCIA TÉCNICA DE LA COMISIÓN DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN SOBRE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL FORMULADA POR COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL TIERRA DE CAMPOS, S.L., PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE AMPUDIA (PALENCIA)." de la Concejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. (Página 57).
"Condiciones relativas a la admisión de residuos procedentes de otras comunidades autónomas destinados a eliminación
De acuerdo con lo establecido en el punto 9.2. Programas de Gestión, del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, y en la Ley 10/1998, de 21 de abril, la admisión de residuos procedentes de otras Comunidades Autónomas con destino a tratamientos de eliminación en este Centro, deberá ser comunicada con carácter previo al organismo competente en materia de residuos de la Consejería de Medio Ambiente, que en el plazo de 5 días hábiles podrá manifestar su oposición a la admisión de los residuos, tras valorar las circunstancias en base a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
La comunicación realizada por la entidad explotadora deberá incluir los datos relativos a la cantidad y tipo de residuos que se pretende admitir, plazo estimado para su recepción, vida útil del vertedero ese momento."